*No están subvencionados: IVA, servicios de telecomunicación y conectividad a internet, ni relativos a labores de terceros para la obtención de las ayudas (asesoría, gestoría, etc.). La adquisición de hardware sí estará ahora subvencionada si se trata de: “dispositivos que se incluyan en la modalidad de pago por uso, cuando su suministro sea imprescindible para la prestación de la solución contratada, sin que puedan ser utilizados para otros fines distintos que los prestar esta solución”.